Banca > Intereses Creados
"1. El derecho legal de una persona o entidad para acceder a la propiedad tangible o intangible, ahora o en el futuro. Un interés es un beneficio de derecho, que puede ser transmitida a una tercera persona. Normalmente hay un periodo de consolidación antes de la reclamante puede obtener acceso a los activos o bienes. Debido al derecho a la propiedad, el beneficio no se puede quitar es decir, los fondos creados no son contingentes en cualquier acción o inacción.
2. Un interés personal o financiera de una entidad tiene en una acción, entidad independiente o compromiso, con la expectativa de beneficios logrados en el presente o el futuro ".

